La Corte Suprema falló el jueves que los inmigrantes que se encuentren en el proceso de deportación rápido, por habérsele negado el asilo, no pueden apelar la decisión de una audiencia en una corte federal, y que el proceso rápido de deportación no viola el derecho de una protección federal contra una detención ilegal.
La decisión de 7-2 auspiciada por el magistrado Samuel Alito, dice que los solicitantes de asilo, los cuales el gobierno decide deportarlo no tienen derecho a un recurso de habeas corpus. La opinión de Alito, un juez conservador nombrado por el presidente George W. Bush dijo que una ley de inmigración de 1996 que autorizaba la deportación rápida de los que cruzan la frontera, es constitucional.
El fallo, elimina la decisión de la Novena Corte de Apelaciones que halló que la provisión en la ley de 1996 que permite la rápida deportación viola los derechos constitucionales y cancela clausulas en la Constitución. La clausula de suspensión estipula que el derecho de habeas corpus, puede ser solamente suspendido en tiempo de rebelión o guerra.